La polémica de los nuevos contadores

Contador electricidadClientes de compañías eléctricas que se vieron obligados a gastar en torno a 100 euros para instalar en sus hogares limitadores de potencia (ICP) están recibiendo cartas de las que se desprende que su gasto no ha servido para nada cuando ha pasado solo un año. Una fuente autorizada de la Unión de Consumidores de España (UCE) en Valencia confirmó ayer a Levante-EMV que decenas de consumidores de Iberdrola han hecho llegar sus consultas y su malestar a la asociación.

Los usuarios tuvieron que gastar 100 euros en ICP y los nuevos aparatos incluyen el mecanismo sin coste.

«Hemos recibido muchas consultas de personas que preguntan sobre los nuevos contadores inteligentes que Iberdrola está comenzando a distribuir», declaran desde la UCE. También Avacu ha recibido consultas.

El problema nace de una disposición del Gobierno central en la que se obliga a que en cada hogar exista un elemento que controle que los vatios utilizados no sobrepasan la potencia contratada. Ese elemento es el ICP. Esto obligó a miles de ciudadanos a comprar un nuevo ICP y a sufragar los gastos de la instalación, un servicio que la propia Iberdrola también ofrecía.

Pocos meses más tarde, Iberdrola ha comenzado a distribuir gratuitamente unos nuevos contadores eléctricos, denominados inteligentes, que incorporan diferentes mejoras sobre los tradcionales. Una de ellas es que ya tienen integrado un ICP. El círculo se cierra al ser estos nuevos contadores inteligentes también obligatorios por ley, que deben ser adaptados gradualmente hasta el año 2018.

Desde Iberdrola, un portavoz oficial aseguraba ayer que la empresa simplemente se ha limitado a seguir las disposiciones oficiales. Las quejas inciden en saber por qué se comenzaron a vender sistemas ICP si ya se sabía que iban a instalarse los nuevos contadores inteligentes. La UCE asegura que Iberdrola estaba al corriente pero que «no disponían de suficientes dispositivos para todos sus clientes».

Fuente: Levante-emv.

Desde Efimarket.com ya denunciamos recientemente la polémica suscitada con estas prácticas de las compañías eléctricas que perjudican claramente al cliente. Podéis leer nuestro artículo «El interruptor de control de potencia«.

Serie iluminación eficiente: lámpara CFL de bajo consumo (II). Consejos de sustitución.

Bombilla CFLEn el artículo anterior hablamos sobre las bombillas compactas CFL, y mencionamos que su principal ventaja es que nos permiten sustituir el alumbrado existente por bombillas nuevas de bajo consumo. Con este nuevo artículo vamos a proporcionar algunos consejos a la hora de elegir adecuadamente nuestras nuevas bombillas de bajo consumo.

Para empezar, las características de las bombillas de bajo consumo se suelen comparar con las bombillas incandescentes, haciendo más sencilla la elección. Lo más habitual es encontrarnos una tabla como la siguiente, en la que se muestra la potencia en vatios de una bombilla incandescente a la que equivale la potencia de la lámpara CFL.

Lámpara Incandescente Lámpara Compacta CFL
35 W 7 W
45 W 9 W
60 W 11 W
75 W 15 W
100 W 20 W
125 W 23W

Esta tabla orientativa nos puede ser de gran ayuda para la sustitución de lámparas antiguas por otras nuevas más eficientes. Así por ejemplo, si queremos cambiar dos bombillas incandescentes en nuestro dormitorio, y éstas son de 100 vatios, labombilla de bajo consumo que debemos seleccionar es la de 20 vatios. De esta forma, con dos lámparas tipo CFL de 20W obtenemos las mismas condiciones lumínicas que antes,consumiendo un 80% menos de energía eléctrica.

Podemos estimar también el ahorro conseguido con la sustitución anterior. Si consideramos un funcionamiento a lo largo de 2000 horas, a un precio de 15 céntimos de euro el kWh consumido, el coste de la energía eléctrica es de 30 euros en el caso de bombilla incandescente y de 6 euros en el caso de la bombilla de bajo consumo, con lo que hemos recuperado lo que nos costó en el momento de la compra. En conclusión, al final de la vida útil de la bombilla incandescente, usando CFL hemos pagado la quinta parte de dinero y todavía nos quedan hasta 13.ooo horas de funcionamiento.

Ahora que ya sabemos el ahorro que podemos lograr con las bombillas de bajo consumo, y antes de ir corriendo a comprar, debemos pararnos un momento a considerar un detalle. ¿Puedo sustituir todas las bombillas de mi casa o de mi oficina por lámparas CFL? No todas, y aquí debemos ir con cuidado. Las lámparas de este tipo normalmente se encuentran disponibles para casquillos de rosca Edison normal (E27) o rosca pequeña (E14). Por suerte esto está cambiando y hay establecimientos donde ya podemos encontrar casquillos GU10 para sustituir los halógenos, e ingluso G9 para lámparas de salon. Es necesario comprobar antes el tipo de casquillo de nuestras bombillas antiguas.

Bombillas CFL E14 y E27
Casquillos tipo E14 (izquierda) y E27 (derecha)

También hay que tener en cuenta los dos tipos de bombillas de bajo conusmo que existen, las integradas y las no integradas. Las integradas son las que todos conocemos, las más habituales,  con el casquillo metálico incluido en la misma pieza que la ampolla de cristal. Las no integradas, más recientes, llevan unos contactos que se conectan a la base de la propia luminaria (podéis encontrar un ejemplo aquí).

Resumiendo, es importante para convertirnos en nuestros propios gestores energéticos conocer el tipo de bombillas y por cuáles se pueden sustituir. No sea que nuestra intención de ahorro se venga abajo por elegir una lámpara equivocada. En próximos artículos hablaremos más de este tema.

Imagen cabecera | Fuente: CFL bombilla por Peter Griffin

Imagen artículo | Fuente: Tienda Efimarket

El interruptor de control de potencia (ICP)

Manguera¿Sabes qué es el interruptor de control de potencia y para qué sirve? ¿Has recibido una carta de tu compañía eléctrica diciendo algo de un ICP? ¿No lo tienes y te ha dicho un conocido que es obligatorio instalarlo? En este artículo vamos a hablar del ICP, para qué sirve, si es obligatorio tenerlo instalado y quién debe realizar la instalación. Veremos además que podemos reducir el importe de nuestra factura eléctrica instalando el ICP.

Tal y como vimos en el artículo sobre la factura eléctrica, existe un concepto denominado «potencia contratada» que es la potencia que nos reserva la compañía eléctrica. Esta potencia es la máxima que se puede consumir, y se determina considerando un coeficiente de simultaneidad a los receptores de la vivienda u oficina.

Por ejemplo, si disponemos de horno, microondas, lavadora, lavavajillas, plancha, secador de pelo, etc, la suma de la potencia de todos ellos es muy elevada (más de 10 kW, diez mil vatios). Sin embargo, consideramos que no todos los aparatos van a funcionar a la vez y se contrata la potencia que más se aproxime a nuestras estimaciones. Existen distintos valores normalizados para la potencia a contratar, siendo los más habituales en viviendas y pequeñas oficinas los valores de 3,3 y 5 kilovatios. Últimamente, debido a la cada vez mayor potencia demandada, principalmente debido a los aires acondicionados, se está contratando el valor de 9,2 kW.

El interruptor de potencia es un dispositivo que se coloca a la entrada del cuadro eléctrico (en el propio cuadro o en una cajita colocada a su lado) y se encarga de limitar la potencia consumida. Por este motivo se le conoce también como limitador de potencia. Al superarse la potencia contratada, el dispositivo actúa (de forma un poco rudimentaria pero efectiva) cortando el suministro eléctrico. Esto nos deja sin suministro hasta que volvemos a activar el ICP manualmente. Con este método la compañía eléctrica controla que no consumamos más potencia de la contratada.

Antiguamente el dispositivo que realizaba esta función era un simple fusible, que se conocía coloquialmente como «plomo». Los que tenemos más edad recordaremos la expresión «han saltado los plomos» cuando excedíamos la potencia contratada.

Esta desconexión fortuita del suministro, aunque podría parecer lo contrario, sucede en contadas ocasiones tal y como demuestra la realidad, puesto que la simultaneidad en los aparatos es muy baja. De todas formas, si se convierte en algo frecuente, es indicativo de que nuestra potencia contratada y simultánea están muy próximas, siendo recomendable una ampliación de potencia contratada (con su coste adicional en la factura, lógicamente).

La realidad es que numerosas instalaciones actuales (las antiguas y muchas que han sido reformadas) no disponen de ICP, resultando muy difícil para la compañía suministradora el control de la potencia eléctrica consumida. LLegados a este punto, se procede a una modificación progresiva de la normativa vigente para obligar a instalar el ICP.

Interruptor control potencia ICP
Aspecto habitual de un ICP y su caja

La primera reforma legislativa que regula esto es el Real Decreto 1454/2005, que estableció la obligatioriedad de disponer de elementos de control de pontencia en todas las instalaciones eléctricas. Más adelante, en el año 2008 se pudo en marcha el procedimiento por el cual las empresas distribuidoras deben comunicar a los consumidores esta obligación. Este es el motivo por el que estamos recibiendo cartas de nuestra compañía eléctrica (se establecen hasta dos envíos por cliente) avisándonos de la necesidad del ICP.

Finalmente, a través de la Orden ITC/1559/2010, se establece como fecha límite el 16 de Junio de ese mismo año para la instalación del ICP. ¿Y si no lo hemos instalado para esa fecha? ¿Nos cortan el suministro? Pues no, la legislación marca como «solución» que la compañía eléctrica nos suba la factura hasta que se realice la instalación del ICP. Y la penalización aplicada no es precisamente baja.

Concretamente, basándose en que no se sabe qué potencia se está consumiendo, la compañía eléctrica modifica las condiciones de facturación y nos aumenta la potencia contratada sobre la que se calcula la factura. La potencia contratada que nos facturarán es de 10 kW para potencias contratadas originalmente de cinco kilovatios o menos, y de 20 kW para potencias de hasta 10 kilovatios.

Tomando el ejemplo más habitual de viviendas con 3,3 kilovatios contratados, estamos hablando de una penalización que triplica el término de facturación debido a la potencia contratada (pasamos de 3 a 10). Si recordamos del artículo de la factura eléctrica que por cada kilovatio de potencia contratada se pagan 1,48 euros al mes, estamos sufriendo un recargo de casi 7 euros en el recibo. Realmente es una cantidad a tener en cuenta.

Desde Efimarket nos consta que todavía queda muchísima gente sin ICP, bien porque viven fuera y no han recibido las cartas, bien porque no han entendido lo que les pedía la compañía (esto es habitual en personas de la tercera edad), o directamente porque no han querido pagar la instalación del ICP. Sea de la forma que sea, hay mucha gente pagando un recargo muy importante desde hace más de un año sin ser conscientes de ello. Y lógicamente, la compañía eléctrica no va a protestar por incrementar las facturas de los clientes.

Realmente aquí ya no estamos hablando de ahorrar energía, sino de impedir que nos cobren más dinero de la cuenta. ¿Cómo podemos regularizar nuestra situación? Los pasos a seguir son los siguientes:

1.- Comprobar si tenemos el IPC instalado. Como ya hemos dicho, se encuentra dentro de una cajita al lado del cuadro o bien en el propio cuadro. Es muy fácil de identificar porque suele llevar un precinto y lleva marcadas las siglas «ICP». Si no nos queda claro, podemos revisar nuestra factura eléctrica a ver si aparece una potencia contratada excesiva.

2.- Si tenemos ICP instalado, pero no está precintado, a efectos legales no nos sirve. Tendremos que avisar a la compañía eléctrica para que envíen un técnico a verificar y precintar el ICP. A partir de aquí nuestra factura volverá a la normalidad.

3.- Si no tenemos ICP instalado, podemos alquilarlo a la compañía eléctrica o contratar a un instalador autorizado para que lo instale. En el primer caso la compañía eléctrica nos cobrará una cuota por alquiler mensual del ICP. En el segundo caso, os cobrarán por el trabajo una sola vez. Es recomendable solicitar varios presupuestos.

En cualquier caso, y teniendo en cuenta que muchas de las viviendas con este problema son antiguas o con instalaciones fuera de normativa, recomendamos encarecidamente que se avise a un instalador autorizado para comprobar la situación de la instalación existente y si lleva instalado el ICP correctamente. Aquí estamos entrando ya en un tema de seguridad eléctrica, y lo mejor es dejar el tema en manos de un profesional. Además es necesario aportar el certificado de un instalador autorizado para legalizar nuestra situación.

Con este artículo esperamos que os quede claro el asunto de la instalación del interruptor de control de potencia. Si tenéis dudas para identificar vuestro ICP, enviadnos una fotografía de vuestro cuadro y os responderemos enseguida. Recordad que Efimarket es vuestro fiel asesor.

Imagen cabecera | Fuente: Fabricantes

Imagen artículo | Fuente: Cables eléctricos por Vera Kratochvil

Entender la factura eléctrica paso a paso

Centrar eléctricaDesde Efimarket.com lanzamos una serie de artículos dirigida al hogar y PYMES con todo lo que necesitas saber para ahorrar en tus facturas energéticas. Cada vez más familias son conscientes del encarecimiento de los servicios básicos del hogar a través del reflejo de esta subida en sus facturas. La electricidad en España ha sufrido un alza en su precio de más del 40% desde 2005 hasta hoy, a mediados de 2011.

Una familia media española pagaba del orden de 500 euros al año de electricidad en 2005, mientras que hoy día esa misma familia paga cerca de 800 €/año en electricidad. Por esto, vale la pena saber entender bien la factura, lo cual nos puede permitir realizar ciertos cambios que ayuden a disminuir su impacto en la economía familiar.

Cuando nos llega la factura a casa los ojos se nos van a la cifra final, y la mano al bolsillo… Con este artículo intentaremos explicar cada componente de la factura que a veces resulta confusa por la ausencia de contrastes y recuadros, por contener tamaños de letra excesivamente pequeños y por el desconocimiento general del significado de algunos de sus términos y unidades. Comprender estos documentos puede ayudarnos a ajustar nuestro consumo y a la vez reducir el gasto energético.

A continuación se muestra una factura tipo y se explican cada uno de sus términos.

Modelo de factura eléctrica1) Potencia contratada

Es el importe mínimo (exceptuando los impuestos y el alquiler del contador) que pagaremos a la compañía suministradora. Resulta de multiplicar la potencia en kW contratados, por los días que engloba la factura y por el precio que el Ministerio de Industria establece.

Aunque cada persona puede contratar la potencia que necesite la potencia contratada en los hogares españoles oscila entre los 3,3 y los 10 kilovatios. Por cada kilovatio (kW) de potencia contratada se pagan 1,48 euros/mes.

2) Energía consumida

Se trata del consumo real que hemos hecho de la electricidad a lo largo del mes. Para conocer este dato se multiplican los kWh por el precio especificado.

Es importante que no confundamos la energía consumida con la potencia. El conteo que salga de la energía consumida nos dirá cuánto debemos pagar.

3) Consumo estimado

En ocasiones pueden hacernos la factura en función del consumo estimado. Esto se debe a que antes de 2008 las facturas se enviaban cada dos meses. Todavía hay contadores que leen la electricidad consumida cada dos meses.

Para solucionar este desfase, la empresa hace un cálculo aproximado y en la factura siguiente corrige el exceso o defecto de la factura anterior.

4) Impuesto sobre electricidad

Se trata de un impuesto especial que permite la inversión del Estado en energías alternativas. Este impuesto del 4,864% además pretende compensar los costes de la no construcción de nuevas centrales nucleares.

La tasa se ejerce sobre el importe fijo y el consumo real. Este tributo también está determinado por ley.

5) Descuentos y sanciones

A la hora de contratar el servicio eléctrico ten en cuenta las tarifas especiales o bonos sociales que la empresa puede ofrecerte.

Además si tienes un consumo puntual excesivo (la potencia “enchufada” es mayor a la contratada) pueden pasar dos cosas dependiendo de la potencia que tengas contratada, que salte el ICP o que se nos cobre esta sobrepotencia como un recargo en nuestra factura. El precio a pagar por este exceso dependera de nuestro contrato eléctrico.

Si tienes contratada la discriminación horaria tendrás precios distintos para el consumo eléctrico según el momento del día, por lo que es importante tenerlo en cuenta a la hora de poner en marcha tus electrodomésticos, así ahorrarás energía y dinero, pero de esto hablaremos en otro artículo en Efimarket.com. PERMANECE ATENTO!.

6) Alquiler equipos de medida

Generalmente los contadores pertenecen a la compañía eléctrica. Por el uso del equipo se paga un alquiler mensual determinado en el BOE cada año. El coste suele de ser de entre 0,5 y 1,2 euros.

7) Impuesto sobre el Valor Añadido

Desde el 1 de julio de 2010 el IVA para este servicio ha subido dos puntos. Por lo tanto todas las cantidades descritas se gravarán con un 18% de IVA.

8) Modo de facturación

La factura tendrá que especificar el modo de pago que has establecido con la empresa. Si se trata de domiciliación bancaria, estará indicado de alguna manera cual es la cuenta a la que se cargarán los costes.

Si el pago debe realizarse en persona, la factura especificará el número de cuenta sobre el que se debe hacer el ingreso. Ten en cuenta que si este el método de pago, tendrás que realizarlo dentro de un plazo, si tienes duda sobre la fecha límite puedes consultarlo con tu compañía.

En caso de que se produzca un impago prolongado la compañía procederá a cortar el suministro eléctrico y a quitarnos el contador por lo que para recuperar el suministro deberemos ponernos en contacto con la compañía para solventar el problema.

9) Historial de consumo.

Muestra cómo ha ido evolucionando el gasto eléctrico a lo largo de los últimos doce meses. Esta gráfica puede ayudarnos a comparar nuestro consumo de este mes con el mismo mes del año pasado. Si quieres conocer mejor tu consumo existen en el mercado unos medidores que nos registran el consumo de nuestro hogar, nos dicen cómo y cuándo consumimos la energía. Échale un vistazo a nuestra tienda!.

10) Tarifa contratada.

Indica la tarifa que tiene contratada el usuario. Existen diferentes tarifas según las necesidades del cliente, que serán explicadas con detalle en un próximo artículo de Efimarket.com.

Personaje con forma de bombilla aconsejandote revisar factura

Este es el primer artículo de la Guía Efimarket.com de Eficiencia Energética. Aquí te enseñaremos a comprender las facturas energéticas, te mostraremos los mayores puntos de consumo energético en los hogares y pequeños comercios y te daremos consejos para reducirlos. Te invitamos además a comentar los artículos, donde puedes exponer tus dudas e inquietudes o ayudar al resto de foreros compartiendo tus conocimientos.

¡BIENVENIDO A LA NUEVA COMUNIDAD ENERGÉTICA!