Como ya hemos comentado en anteriores artículos, hace algo más de un mes se aprobó la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas. Según esta norma desde el primer día del mes de Junio no se pueden realizar alquileres o ventas de edificios, locales o viviendas, sin el correspondiente certificado energético. Esta obligación también afecta a agencias y portales inmobiliarios que ni siquiera podrán publicitar en sus agencias o portales viviendas que no tengan en su poder este el Certificado.
Según la Ley las sanciones van desde los 300€ a los 6000€, pero la ley no solo puede llegar a repercutir en términos monetarios, según ésta, si un contrato de alquiler o venta se realiza sin certificado energético, este contrato podría llegar a ser nulo con las consecuencias tanto legales como económicas que esto supone.
¿Qué sanción puedo recibir si no realizo mi certificado energético?
El gobierno, ha añadido a la ley diversas enmiendas del proyecto de Ley incorporando las siguientes sanciones.
Infracciones muy graves: falsear información o registro de los certificados energéticos, actuar como certificador o agente, sin poseer la habilitación apropiada. Estas sanciones pueden llegar a costar de entre 1001 a 6000€.
Infracciones graves: dentro de estas sanciones encontramos incumplir la metodología de cálculo del procedimiento de certificación, no presentar el certificado ante la comunidad autónoma para su registro, no incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución del inmueble, exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, y vender o alquiler un inmueble sin que el vendedor o el arrendador entreguen el certificado en vigor al comprador o arrendatario. También será infracción grave la reincidencia en una infracción leve durante dos años. La sanción por este tipo de sanciones será de 601 a 1.000 euros.
Infracciones leves: publicitar la venta o alquiler de inmuebles que deban poseer de certificado y no hacer mención a la calificación energética del mismo, incumplir obligaciones de renovación o actualización de los certificados, no incorporar el certificado en el libro del edificio, las sanciones serán de 300 a 600 euros.
Una de las mayores quejas, por parte de los usuarios, es la falta de información respecto al tema, es por ello que desde Efimarket, hemos abordado este aspecto en más ocasiones, para intentar dar más luz a la nueva ley de Certificaciones energéticas.
Es tan injusto como si obligaran al propietario de un electrodoméstico antiguo a obtener su certificado energético para dejarlo en una tienda de segunda mano.
Está bien que al fabricante se le exija un etiquetado explicito… ¡pero no al usuario de un producto sin esa etiqueta!
Considero la medida totalmente injusta y desproporcionada, que, en este país, solo puede justificarse ‘con el enorme beneficio económico que unos pocos van a obtener’.
Sinceramente esta medida no es de utilidad prioritaria. No sirve para nada, salvo para gastar dinero. Es semejante a la de las bombillas de bajo consumo. ¡El consumidor no ahorra nada! porque se lo gasta en el coste del producto.
Conseguir ‘la etiqueta’ cuesta a partir de 260€, y la sanción por no tenerla es a partir de 300€… en un momento en el que los salarios están bajando de 500€, … ¡ NO ES UNA MEDIDA OPORTUNA PARA LA SOCIEDAD, en este momento!
Disculpen los gritos, no quería exaltarme.